Fuente: Corte Interamericana de Derechos Humanos

En la Sentencia del caso Benites Cabrera y otros Vs. Perú, notificada hoy, la Corte Interamericana de Derechos Humanos declaró que el Estado de Perú es responsable por la violación de las garantías judiciales, los derechos políticos, el derecho a la protección judicial y el derecho al trabajo, en perjuicio de 184 trabajadores cesados del Congreso de la República.

El resumen oficial de la Sentencia puede consultarse aquí y el texto íntegro de la Sentencia puede consultarse aquí.

En abril de 1992, el entonces Presidente de Perú disolvió temporalmente el Congreso de la República, luego de lo cual se dictaron acciones de personal orientadas a evaluar a los trabajadores y a seleccionar una nueva planta de personal. Como resultado, se expidieron dos Resoluciones Administrativas que cesaron a un grupo de trabajadores del Congreso, dentro del cual se encuentran las 184 víctimas de este caso, y se aprobaron normas que prohibían a los trabajadores cesados interponer la acción de amparo para cuestionar sus desvinculaciones.

En la Sentencia, la Corte encontró que los trabajadores cesados se enfrentaron a un contexto generalizado de ineficacia de las instituciones judiciales, de ausencia de garantías de independencia e imparcialidad y de falta de claridad sobre la vía a la cual acudir frente a los ceses colectivos. Por lo anterior, concluyó que se les impidió a las víctimas acudir a un órgano imparcial y competente, con las debidas garantías procesales, y que los trabajadores no contaron con un recurso judicial efectivo contra los actos violatorios de sus derechos. En relación con un grupo de 20 víctimas que interpusieron el recurso de amparo pese a la prohibición en ese sentido, la Corte sostuvo que este no fue efectivo, pues los jueces a cargo no analizaron el fondo de los alegatos, además, que dicho recurso no fue resuelto en un plazo razonable.

La Corte también estableció que el Estado violó el derecho al trabajo al declarar de manera arbitraria el cese en el empleo de los extrabajadores del Congreso identificados en la Sentencia, quienes fueron retirados sin que se acreditaran razones justificadas y a quienes se les prohibió interponer la acción de amparo para cuestionar sus ceses.
Finalmente, la Corte encontró que, con la desvinculación del empleo de las personas identificadas en la Sentencia, se afectó su derecho a permanecer en el cargo en condiciones de igualdad, en violación de sus derechos políticos. En razón de estas violaciones, la Corte ordenó diversas medidas de reparación